Es una situación en la que los intereses personales de un colaborador pueden interferir con su deber profesional, afectando la imparcialidad y objetividad en la toma de decisiones.
No utilizamos el cargo que ocupamos para obtener ventajas, en beneficio propio o de terceros. Evitamos toda situación en la que nuestra lealtad pudiera estar o aparentar estar en duda. Los Comités de Auditoría y Prácticas Societarias podrán emitir una opinión en temas particulares de conflicto de interés que se hagan de su conocimiento.
No utilizamos el cargo que ocupamos para obtener ventajas, en beneficio propio o de terceros. Evitamos toda situación en la que nuestra lealtad pudiera estar o aparentar estar en duda. Los Comités de Auditoría y Prácticas Societarias podrán emitir una opinión en temas particulares de conflicto de interés que se hagan de su conocimiento.
4.1 PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON OTRO PATRÓN
Cualquier relación laboral adicional que realicen los colaboradores, no deberá interferir en el cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades contraídas, ni generar conflicto de interés con DESC.

4.2 Relación Laboral con Proveedores y Clientes
Incurrimos en un conflicto de interés al trabajar en DESC o en cualquiera de sus empresas y simultáneamente con algún proveedor o cliente del Grupo.
4.3 Competencia a Empresas de DESC
Está estrictamente prohibido participar directa o indirectamente y/o involucrarse en negocios o actividades que representen competencia a cualquier empresa de DESC.

4.4 Uso de Información Privilegiada
Se refiere a todos los actos, hechos o acontecimientos de cualquier naturaleza que influyan o puedan influir en los precios de los valores de DESC o de otras empresas que pertenecen al Grupo, conocidos como Eventos Relevantes, que no han sido revelados al público inversionista.

Los Consejeros, Directores y Colaboradores que dispongan de información privilegiada deberán abstenerse de forma enunciativa más no limitativa y de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales aplicables, así como a las políticas internas de DESC de:
- Celebrar operaciones con Valores, directa o indirectamente, sobre cualquier clase de Valores de DESC y sus empresas.
- Divulgar la información a cualquier persona, incluidos familiares, miembros de la administración, proveedores y clientes.
- Recomendar a cualquier persona una operación bursátil que derive del acceso a información privilegiada.
Estas son actividades ilegales sujetas a sanciones civiles y penales.
4.5 Relación con Familiares y Amistades
Existe conflicto de intereses si se llega a entablar, mantener o iniciar relaciones sentimentales, de pareja o de parentesco consanguíneo/afinidad, entre:

- Un superior jerárquico y cualquier persona que dependa directa o indirectamente de él/ella.
- Colaboradores de DESC que compartan una relación con personal de Clientes y/o Proveedores.
Estas relaciones generan una presunción inherente de favoritismo, abuso de autoridad o conflicto de intereses, afectando el clima laboral y la toma de decisiones objetivas.
Si el personal detecta, identifica y/o tiene conocimiento de este tipo de situaciones deberá reportarlo inmediatamente en el Buzón de Retroalimentación y Transparencia.
Si el personal detecta, identifica y/o tiene conocimiento de este tipo de situaciones deberá reportarlo inmediatamente en el Buzón de Retroalimentación y Transparencia.
4.6 Participación o Interés Financiero en Otras Empresas
Evitamos tener cualquier participación o interés financiero directo o indirecto con cualquier cliente, proveedor o competidor actual que pueda generar conflictos de interés con las actividades de DESC.

Se entiende como “participación o interés financiero” la participación como socio, accionista o familiar directo de un socio o algún otro empleado de cualquier empresa o sociedad que sea cliente, proveedor o competidor de algún negocio de DESC.
En caso de conocer la existencia de un interés financiero, esta situación deberá revelarse al Director del Negocio, quien deberá abstenerse de participar en la toma de cualquier decisión con relación a dicho tercero y, en su caso, someterlo a la aprobación de la Dirección General. En caso de Consejeros que se encuentren en dicha situación, se deberá presentar a la consideración de los Comités de Auditoría y Prácticas Societarias.
En caso de conocer la existencia de un interés financiero, esta situación deberá revelarse al Director del Negocio, quien deberá abstenerse de participar en la toma de cualquier decisión con relación a dicho tercero y, en su caso, someterlo a la aprobación de la Dirección General. En caso de Consejeros que se encuentren en dicha situación, se deberá presentar a la consideración de los Comités de Auditoría y Prácticas Societarias.








